Están sujeto al pago del impuesto sobre la renta de las personas jurídicas aquellas compañías que tengan carácter de establecimiento permanente en Indonesia, de acorde a la legislación Indonesia, y que estén operando en el tráfico mercantil. Estos establecimientos permanentes pueden tener las siguientes formas:
a) Sucursales de compañías
b) Agencias de representación
c) Fábricas
d) Edificios de oficinas
e) Domicilios de gestión
f) Talleres, minas y demás tipos de establecimientos y formas de negocio.
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